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Pautas para liquidar Impuesto a las ganancias 2011 a liquidar desde Abril 2012 Para este 2012 los pisos para pagar ganancias, seran de $4.818 a $5.782 netos mensuales para trabajadores solteros y aumenta de $6.662 a $7.998 para casados con dos hijos. Las deducciones, computables en forma ANUAL son los siguientes:
Tener en cuenta que estas deducciones, son concurrentes y pueden coexitir varias a la vez, como por ejemplo esposo y dos hijos. Proximo a los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales, se debera tener en cuenta las pautas para la liquidación de la declaración jurada 2011, y los ultimos valores que rigen para este 2012. Guia Rapida para liquidar ganancias y Bienes Personales Necesariamente se debera utilizar el aplicativo de "Ganancias y Bienes Personales" bajo plataforma SIAP. Bienes Personales : Deberan declararlo quienes posean mas de $305.000 en bienes o ganenen mas de $96.000 al año. Se debenran informar todos los bienes propios y para los hombres casados tambien los de la sociedad conyugal a nombre de la esposa. Para ganancias se debe distinguir la procedencia de las mismas segun las cuatro categorias de Ganancias. Los montos deben ser expresados en forma ANUAL y de alli detraerse todas las deudcciones admitidas, las cuales cambiaron para este 2011. Solo para los ingresos de la cuarta categoria se podra admitir al deduccion especial ampliada de $62.208 anuales. Ultimos Cambios (2011) La Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº 3.061/2011 puso a disposición de los usuarios el nuevo aplicativo de Ganancias Personas Físicas y de Bienes Personales, versión 12.1 ya instrumentado y el “Simulador Impuesto a las Ganancias Personas Físicas”, versión 1.
En relación a la confección de las liquidaciones:
Respecto a la forma de presentación, una vez confeccionadas las declaraciones juradas se tendrán que presentar “mediante transferencia electrónica de datos a través del sitio web de la AFIP”. (Asimismo, los particulares podrán recurrir a su entidad bancaria) Por otra parte, el fisco nacional ya dio a conocer el cronograma de vencimientos a respetar por las personas físicas. Quienes no posean participaciones societarias en compañías tendrán que presentar y pagar Ganancias y Bienes Personales durante abril próximo. En tanto, las personas físicas que sean titulares de participaciones societarias, deberán cumplir con las obligaciones fiscales anuales durante mayo próximo. Alcance de Ganancias y Bienes Personales
Por otra parte, rige un régimen simplificado, exclusivamente aplicable en Ganancias, con límite en 144.000 pesos. Esta aplicación simplificada será utilizable exclusivamente cuando los contribuyentes sólo hayan obtenido rentas:
El Impuesto a las Ganancias, respecto a personas físicas y sucesiones indivisas, alcanza los rendimientos generados a lo largo del año calendario. Al respecto cabe señalar dos puntos importantes a la hora de determinar la carga fiscal de las personas físicas:
En tanto, Bienes Personales grava el conjunto de bienes que posee una persona al 31 de diciembre de cada año. El régimen vigente establece la aplicación de una alícuota de 0% cuando el total de bienes no supere los 305.000 pesos. El esquema progresivo de tasas del tributo se completa de la siguiente manera:
Ganancia Mínima Presunta El tributo alcanza los bienes del activo del país que poseen las compañías cuando el valor total supera los $200.000. La normativa vigente especifica, además, que cuando existan activos gravados en el exterior, esa suma se incrementará en el importe que resulte de aplicarle la alícuota de 1% al igual que los otros bienes. Al igual que sucede con Ganancias y Bienes Personales, las presentaciones podrán ser presentadas por transferencia electrónica de datos, a través de la página web de la AFIP o del banco de confianza de la compañía. En relación a la confección:
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